veranda impuestos
Pequeña veranda de menos de 20 m2

Instalar una veranda de menos de 20 m² atrae a muchos propietarios que desean aumentar la luminosidad y el confort sin transformar radicalmente su hogar. Este tipo de extensión está supeditado a trámites específicos, y su construcción afecta directamente la fiscalidad de la vivienda. Antes de encargar un modelo o contratar a un artesano, conocer las normativas aplicables evita cualquier litigio administrativo o fiscal. Entonces, ¿cuál es la imposición para una veranda de menos de 20 m2?

Normativa para verandas de menos de 20 m²

Para la instalación de una veranda entre 5 y 20 m², es necesario presentar una declaración previa de obras. El formulario Cerfa n°13703*07 debe ser completado antes del inicio de las obras.

Los servicios de urbanismo disponen de un plazo de un mes para aprobar o rechazar el proyecto. En las zonas urbanas con un plan local de urbanismo (PLU), este trámite también es suficiente para verandas de hasta 40 m².

La adquisición de una veranda Tuinmaximaal o de un modelo a medida debe ser anticipada, ya que la falta de declaración puede llevar a sanciones o a la obligación de solicitar un permiso de construcción cuando la superficie supera los 20 m² en ausencia de PLU.

Fiscalidad aplicable a una veranda de menos de 20 m²

Los intereses de tener una veranda en casa conllevan obligaciones fiscales que no deben ser pasadas por alto, incluso para una superficie inferior a 20 m².

Construir una veranda modifica la superficie catastral de su vivienda, aumentando así la base de cálculo del impuesto sobre bienes inmuebles y del impuesto a la vivienda, si aún se aplica en su municipio.

Para notificar esta ampliación, el propietario debe completar el formulario 6704 IL y presentarlo en su centro de impuestos de inmuebles en un plazo de 90 días a partir de la finalización de las obras.

Este plazo también permite beneficiarse de una exención temporal de dos años del impuesto sobre bienes inmuebles sobre la parte ampliada, siempre que el municipio correspondiente acepte esta exención.

La construcción de una veranda de más de 5 m² resulta en el pago de la taxe d’aménagement, incluso si la superficie es inferior a 20 m², siempre que el proyecto esté sujeto a una declaración o a un permiso.

Su importe se calcula según el siguiente método:

  • Superficie imponible x valor calculado x tasa municipal o intermunicipal
  • Superficie imponible x valor calculado x tasa departamental

Estos valores calculados se fijan anualmente por decreto, mientras que las tasas son determinadas por las administraciones locales y pueden variar de un municipio a otro.

Se recomienda acercarse al ayuntamiento o al servicio de urbanismo antes de presentar la declaración para conocer el importe previsto de esta tasa, que puede representar un coste considerable en el presupuesto total de la construcción.

Seguro de hogar y veranda de menos de 20 m²

La adición de una veranda constituye una extensión de la superficie habitable, lo que implica una modificación del contrato de seguro de hogar. Esta extensión, equipada con vidrios, aberturas y mobiliario específico, debe ser notificada al asegurador tan pronto como se finalicen las obras.

Algunas aseguradoras se limitan a agregar una enmienda al contrato existente sin aumento si la superficie es inferior a 20 m², mientras que otras ajustan la prima en función del aumento de la superficie asegurada y el valor del contenido de la veranda.

En caso de falta de declaración, la indemnización puede reducirse, o incluso anularse, en caso de siniestro, especialmente en caso de tormenta, daños por agua o robo que afecten a esta extensión.